1 de abril de 2020
Por: Luis Manuel de Peña
Abogado
E-mail.: luismdpr08@gmail.com
La ciudadanía dominicana ha estado expresando sus preocupaciones a través de las redes sociales, la prensa digital y tradicional, la radio, la televisión y otros medios de comunicación; Y se pregunta, ¿qué medidas adoptará el gobierno dominicano ante la crisis económica que promete golpear al Estado? ¿Cómo las familias soportaran los precios elevados de los servicios de salud y la canasta básica? ¿Qué pasará con sus trabajos, las rentas, los préstamos, las tarjetas de créditos y los servicios básicos cuando las empresas se declaren en quiebra? Esas interrogantes han nacido con la llegada del Covid-19.
Esa epidemia promete dejar una secuela incalculable en esta pequeña Nación. A pesar de que el presidente de la República Lcdo. Danilo Medina, decretó el estado de excepción, en la categoría de emergencia nacional, para evitar la propagación, los contagios y la cantidad de muertos. Esta situación inesperada atenta con las elecciones congresuales y presidenciales.
El Pleno de la Junta Central Electoral, siguiendo el mandato constitucional trabaja en el montaje y la logística de las elecciones, pautadas para el 17 de mayo de 2020. Por lo visto hasta ahora, el reloj no da marcha atrás.
De extenderse la emergencia, ¿en qué puede afectar la baja participación de los electores en las elecciones? ¿Cuáles formalidades establece la Constitución esas elecciones? ¿Qué otro método de votación puede usar la Junta Central Electoral en caso de que surjan brotes del Covid-19 en todo el territorio nacional por más de tres meses?
En principio, los estados de excepción no suspenden los derechos de ciudadanía de elegir y ser elegibles. Sin embargo, eso no asegura una participación masiva de los electores en las elecciones, debido al miedo que tienen a salir de sus casas y ser contagiados por los efectos del Covid-19, a eso se suma la crisis emocional que está provocando el ‘Toque de Queda obligatorio’, y la cuarentena voluntaria. Lo cierto es que, hasta la fecha ir a ejercer el sufragio está fuera de las conversaciones habituales de la ciudadanía.
La Constitución en su artículo 209 numerales 1, 2 y 3 contiene tres opciones para la celebración de las elecciones: 1) las elecciones ordinarias el tercer domingo de mayo; 2) La segunda vuelta a celebrarse el último domingo de junio entre los dos candidatos a la presidencia que obtuvieron el primer y segundo lugar, pero sin alcanzar el 50+1 de los votos validos emitidos; y 3) la convocatoria extraordinaria en [julio] sin no se han celebrado las elecciones ordinarias de mayo.
Para satisfacer los intereses y el equilibrio de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, está contemplado el voto manual, utilizado históricamente en la República Dominicana. Ahora bien, para preservar la salud y las vidas de los técnicos de las juntas electorales, la policía-miliar, los actores políticos y todos sus familiares frente al Covid-19, lo más recomendable es organizar las elecciones con otro método de votación: el voto electrónico por excepción, en sustitución del voto manual y el automatizado, solo para las elecciones de 2020.
El sufragio electrónico es una opción para salvar las elecciones. La Junta Central Electoral, y en su defecto, una empresa nacional o internacional contratada para la creación de una aplicación (App) de uso fácil, pero encriptada con la seguridad de última generación, además que se descargue en cualquier dispositivo electrónico: celular, computadora, etc. Pero con la particularidad de que estará codificada con la cédula de cada elector en el padrón de la Junta, para evitar fraude o suplantación de identidad.
La difusión de esa aplicación se realizaría con el apoyo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) y las compañías telefónicas. Para que esto tenga éxito, todos los electores deben acceder a la plataforma de internet de forma gratuita el día de las elecciones, para que usen la aplicación y ejerzan el derecho al sufragio desde sus casas.
En adicción, hay cinco opciones a considerar para la celebración de las elecciones: 1) el voto manual con el riesgo de que miles de dominicanos se contagien el 17 de mayo en caso se seguir la propagación del Covid-19; 2) la convocatoria extraordinaria en julio; 3) acudir al voto electrónico desde las casas por primera vez; y 4) esperar a que pase la pandemia dentro del plazo constitucional; y 5) dejar vencer el plazo de las elecciones para modificar la Constitución y utilizar el voto manual.
Finalmente, el Pleno de la Junta Central Electoral y los partidos políticos están en la obligación de ponderar, ¿cuáles derechos fundamentales sacrificarán, si los derechos a la vida y la salud o los derechos elegir y ser elegibles?