Por: Luis Manuel de Peña
Abogado
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Las elecciones celebradas por la Junta Central Electoral (JCE) el domingo 16 de febrero de 2020, han generado una crisis política, solo un pacto político entre las fuerzas existentes en la República Dominicana la pueden solucionar. Se habla de modificar la Constitución, debido a que la misma establece los días exactos en que deben celebrarse las elecciones municipales, congresuales y presidencial.
Pues, las fallas técnicas, detectada en los equipos que contenían el voto automatizado en dieciocho (18) municipios y 58 distritos municipales que, a vez, concentra el sesenta y dos por ciento (62 %) de los electores, fueron un fiasco; mientras que en los ciento cuarenta (140) municipios y ciento setenta y ocho (178) distritos municipales donde se aplicó el voto manual y que reúne el treinta y ocho por ciento (38 %) de los electores, también se vieron afectados.
Esos equipos no registraron todos los candidatos que fueron inscritos ante la JCE por partidos, agrupaciones y movimientos políticos. En ambos casos, hubo inconveniente, para empezar las votaciones. Lo que obligó la suspensión de las elecciones municipales por parte del Pleno de la Junta Central Electoral. La debilidad mostrada desde el 6 de octubre de 2019 hasta la fecha, por el órgano que administra, organiza y supervisa las elecciones ha quedado evidenciada.
Ahora bien, para continuar con la celebración de las elecciones municipales durante el mes de febrero o marzo, será necesario violar las disposiciones contenidas en la Constitución, esto así, porque según los artículos 209 y 274, párrafo I, indican que las asambleas electorales funcionaran en colegios electorales y se abrirán cada cuatro (4) años, el tercer domingo de febrero para elegir a las autoridades municipales. Las autoridades electas el tercer domingo de febrero tomarán posesión el 24 de abril del mismo año.
Es un mandato constitucional, pero la suspensión de las elecciones deja a un lado esta disposición, creando una especie de limbo jurídico en las elecciones municipales. Sin importar lo que indique la Ley Núm. 15-19 Orgánica del Régimen Electoral, lo cierto es que la Noma de nomas ha dispuesto lo que debe hacerse.
Finalmente, planteo la siguiente hipótesis: Esta crisis política puede llevar a una modificación de la Constitución y provocar la habilitación del mandatario actual, usándose como pretexto la necesidad de reformar la Sustantiva para salir del lodazal provocado por la JCE y las fuerzas oscuras que dominan el escenario económico, financiero y político de la República Dominicana.